INMIGRACIÓN LGBT
Asuntos y derechos de inmigración de LGBT
En Obergefell v. Hodges, se legalizó el matrimonio entre personas del mismo sexo en 50 estados. Los matrimonios entre personas del mismo sexo se tratan igual que los matrimonios heterosexuales en todos los asuntos legales. Gay, lesbiana, bisexual y Transgénero Las personas (LGBT) tienen los mismos derechos de inmigración que las parejas heterosexuales.
Independientemente de si su cónyuge o prometido reside legalmente en los EE. UU. o aún vive en el extranjero, ahora puede aprovechar todos los beneficios de los programas de inmigración. Por ejemplo, un hombre que es ciudadano estadounidense actual puede solicitar traer a su esposo a los EE. UU. bajo la misma petición de visa que usaría una pareja heterosexual. Si un cónyuge o prometido inmigrante homosexual ya se encuentra legalmente en los Estados Unidos, el proceso de solicitar una tarjeta verde será exactamente igual.
Beneficios de inmigración para LGBT
Como ciudadano estadounidense o residente permanente legal, puede patrocinar a su cónyuge por un visa basada en la familia, tarjeta verde o naturalización, de la misma manera que las parejas del sexo opuesto. USCIS ya no discrimina entre parejas homosexuales y parejas heterosexuales.
Como ciudadano estadounidense, puede solicitar una visa de prometido o prometida para su pareja del mismo sexo. Si se cumplen todos los demás requisitos de inmigración, pueden ingresar a los EE. UU. para casarse.
Si usted y su cónyuge se casaron en un lugar que reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo y vive en un estado que no reconoce el matrimonio homosexual, tiene derecho a todos los beneficios federales de inmigración.
Si anteriormente solicitó beneficios de inmigración pero se le negaron los beneficios en base a la Ley de Defensa del Matrimonio (DOMA), puede pedirle al USCIS que reconsidere la petición. Te podemos ayudar.
Asilo si es perseguido por orientación sexual
Algunos no inmigrantes que viven en los EE. UU. quieren quedarse en los EE. UU. porque regresar a su tierra natal puede exponerlos a la persecución y otros daños. Algunos países, sociedades y comunidades no aceptan personas LGBT. Si usted es de un país que lo persigue o lo margina debido a su orientación sexual o género, puede ser elegible para asilo. Si se le otorga asilo en los EE. UU., se convertirá en titular de una tarjeta verde. Te podemos ayudar.
Nos gustaría ayudarlo a vivir en los EE. UU. como una oficina amigable con LGBT.
Por favor contáctenos o visite nuestra oficina.
949-344-0222
Derechos de las personas transgénero
Las personas transgénero pueden enfrentar un alto riesgo de daño si regresan a su país de origen. Por ejemplo, pueden sufrir persecución o discriminación en sus países.
Defensa de deportación para inmigrantes transgénero
Aunque las personas trans que viven en los EE. UU. que no son ciudadanos, residentes permanentes o no tienen la documentación adecuada, tienen algunas formas de legalizar su estadía en los EE. UU. De acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Refugiados de 1951, los EE. daño debido a su identidad. Por ejemplo, las personas trans o en proceso de cambio de sexo no pueden ser deportadas.
Derechos de las parejas transgénero
En Obergefell v Hodges, este caso elimina cualquier condición para el matrimonio que se base en el género. Los cónyuges transgénero que buscan inmigrar a los EE. UU. tienen los mismos derechos que otros cónyuges heterosexuales o del mismo sexo. Si bien los derechos son los mismos en el papel, los inmigrantes transgénero enfrentan desafíos únicos y, a menudo, son discriminados.
Asilo para personas transgénero
Las personas trans pueden ser elegibles para asilo si lo solicitan dentro de un año de su llegada a los EE. UU. Esta regla es problemática para algunas personas trans porque no han completado su transformación, tenían miedo de ser quienes son o no se sometieron a ciertas terapias relacionadas con su género. Pero hay excepciones. Las personas transgénero pueden solicitar asilo incluso si ha pasado un año. Te podemos ayudar.
Si no es elegible para asilo
Si no es elegible para asilo, puede ser elegible para la retención de expulsión. La retención de expulsión detiene su deportación física al país donde enfrentará daños. Le permite trabajar legalmente en los EE. UU. y obtener un número de seguro social (SSN).
Con la retención de deportación, no se le permite viajar fuera de los EE. UU. a menos que tenga la libertad condicional anticipada. Podemos ayudarlo a obtener la libertad condicional anticipada.
Suspensión de deportación y matrimonio con un ciudadano estadounidense
Si se le otorgó la retención de deportación y posteriormente se casó con un ciudadano de los Estados Unidos, podemos solicitar a la corte de inmigración que reabra su caso para ajustar su estado. Luego, presenta I485 y puede obtener una tarjeta verde.
Por ejemplo, si ingresó al país sin inspección, no podrá ajustar su estado a menos que sea elegible para 245 (i) o se le haya otorgado "libertad condicional en el lugar". No puede simplemente ajustar su estado a través de USCIS porque cuando se le otorgó la retención de expulsión, el juez también emitió una orden de expulsión en su contra.
Víctimas del Crimen
Algunas personas trans son víctimas de la delincuencia. Pueden ser elegibles para una visa U. Podemos ayudarlo a obtener una visa U y obtener una tarjeta verde más tarde.
Víctimas de la Trata de Personas
Algunas personas trans son víctimas de la trata de personas. Pueden ser elegibles para una visa T. Podemos ayudarlo a obtener una visa T y obtener una tarjeta verde más tarde.
Nos gustaría ayudarlo a vivir en los EE. UU. como una oficina amigable con LGBT.
Por favor contáctenos o visite nuestra oficina.
949-344-0222