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DACA

¿Qué es la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)?

Ciertas personas que llegaron a los Estados Unidos cuando eran niños pueden solicitar la consideración de acción diferida por un período de dos años, sujeto a renovación. Son elegibles para la autorización de trabajo. La acción diferida es el uso de la discreción procesal para diferir la acción de remoción contra un individuo por un período determinado. La acción diferida no otorga estatus legal.

 

Puede solicitar DACA si:

  1. Eran menores de 31 años al 15 de junio de 2012;

  2. Llegó a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años;

  3. Haber residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 hasta el presente;

  4. Estuvo físicamente presente en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012 y en el momento de presentar su solicitud de consideración de acción diferida con USCIS;

  5. No tenía estatus legal el 15 de junio de 2012, lo que significa que: (1) Nunca tuvo un estatus de inmigración legal el 15 de junio de 2012 o antes, o (2) Cualquier estatus de inmigración legal o libertad condicional que obtuvo antes del 15 de junio de 2012 , había vencido el 15 de junio de 2012;

  6. Está actualmente en la escuela, se ha graduado u obtenido un certificado de finalización de la escuela secundaria, ha obtenido un certificado de desarrollo de educación general (GED) o es un veterano retirado con honores de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos; y

  7. No haber sido condenado por un delito grave, un delito menor importante o tres o más delitos menores, y no representar una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

 

Edad para DACA

Cualquier persona que solicite DACA debe haber tenido menos de 31 años al 15 de junio de 2012. También debe tener al menos 15 años para solicitar DACA, a menos que esté actualmente en proceso de deportación o tenga una orden final de deportación o salida voluntaria.

 

Ejemplo 1)

Su situación: nunca he estado en un proceso de deportación, o mi proceso ha terminado antes de presentar mi solicitud.  

Su edad: Mayor de 15 años al momento de presentar su solicitud y menor de 31 años al 15 de junio de 2012.

 

Ejemplo 2)

Su situación: Estoy en proceso de deportación, tengo una orden de deportación final o tengo una orden de salida voluntaria y no estoy en detención de inmigración.

Su edad: menor de 31 años al 15 de junio de 2012, pero puede tener menos de 15 años al momento de enviar su solicitud.

 

Periodo de tiempo

  1. Debe demostrar que el 15 de junio de 2012 era menor de 31 años.

  2. Debe demostrar que el 15 de junio de 2012 estaba físicamente presente en los Estados Unidos.

  3. Debe demostrar que al 15 de junio de 2012 no tenía estatus legal.

 

Debes cumplir con los siguientes requisitos.

  1. A la fecha de presentar su solicitud, ha residido continuamente en los EE. UU. desde el 15 de junio de 2007

  2. A la fecha de presentar su solicitud, había venido a los Estados Unidos antes de cumplir los 16 años.

  3. A la fecha de presentar su solicitud, estaba físicamente presente en los Estados Unidos

 Y

  1. A la fecha en que presenta su solicitud, está en la escuela, se ha graduado de la escuela secundaria en los Estados Unidos o tiene un GED; O

  2. A partir de la fecha en que presenta su solicitud, usted es un veterano dado de baja con honores de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.

 

Educación y Servicio Militar

Su estado escolar o militar al momento de solicitar DACA         

 

Ejemplo 1)

Me gradué de:

(1) Escuela secundaria pública o privada; o

(2)Escuela secundaria.

o

(3) He obtenido un GED.

Entonces, cumple con las pautas de educación o servicio militar para DACA.

 

Ejemplo 2)

Actualmente estoy inscrito en la escuela.

Entonces, cumple con las pautas de educación o servicio militar para DACA.

 

Ejemplo 3)

Estaba en la escuela pero la dejé y no me gradué. Actualmente no estoy inscrito en la escuela y no soy un veterano dado de baja con honores de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de los EE. UU.

Entonces, no cumple con las pautas de educación o servicio militar para DACA.

 

Ejemplo 4)

Soy un veterano dado de baja con honores de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de los EE. UU.

Entonces, cumple con las pautas de educación o servicio militar para DACA.

Prueba de identidad         

  1. Pasaporte o documento nacional de identidad de su país de origen

  2. Acta de nacimiento con identificación con fotografía

  3. Identificación escolar o militar con foto

  4. Cualquier documento de inmigración del gobierno de los EE. UU. u otro documento que tenga su nombre y fotografía

 

Prueba de que vino a EE. UU. antes de cumplir 16 años    

  1. Pasaporte con sello de admisión

  2. Formulario I-94/I-95/I-94W

  3. Registros escolares de las escuelas estadounidenses a las que ha asistido

  4. Cualquier documento del Servicio de Inmigración y Naturalización o DHS que indique su fecha de entrada (Formulario I-862, Aviso de comparecencia)

  5. Registros de viaje

  6. Registros hospitalarios o médicos

  7. Registros de empleo (talones de pago, formularios W-2, etc.)

  8. Registros oficiales de una entidad religiosa que confirmen la participación en una ceremonia religiosa

  9. Copias de recibos de giros postales por dinero enviado dentro o fuera del país

  10. Certificados de nacimiento de los niños nacidos en los EE. UU.

  11. Transacciones bancarias fechadas

  12. Recibos de licencia de automóvil o registro

  13. Escrituras, hipotecas, contratos de arrendamiento

  14. Comprobantes de impuestos, pólizas de seguro

 

Prueba de estatus migratorio

  1. Formulario I-94/I-95/I-94W con fecha de vencimiento de estadía autorizada

  2. Orden final de exclusión, deportación o remoción emitida a partir del 15 de junio de 2012

  3. Un documento de acusación que lo coloca en un proceso de deportación

 

Prueba de presencia en EE. UU. el 15 de junio de 2012 & Prueba de que residió continuamente en los EE. UU. desde el 15 de junio de 2007

  1. Recibos de alquiler o facturas de servicios públicos

  2. Registros de empleo (talones de pago, formularios W-2, etc.)

  3. Registros escolares (cartas, boletas de calificaciones, etc.)

  4. Registros militares (Formulario DD-214 o NGB Formulario 22)

  5. Registros oficiales de una entidad religiosa que confirmen la participación en una ceremonia religiosa

  6. Copias de recibos de giros postales por dinero enviado dentro o fuera del país

  7. Entradas de pasaporte

  8. Certificados de nacimiento de los niños nacidos en los EE. UU.

  9. Transacciones bancarias fechadas

  10. Recibos de licencia de automóvil o registro

  11. Escrituras, hipotecas, contratos de arrendamiento

  12. Comprobantes de impuestos, pólizas de seguro

 

Prueba de su condición de estudiante al momento de solicitar DACA           

  1. Registros oficiales (transcripciones, boletas de calificaciones, etc.) de la escuela a la que asiste actualmente en los Estados Unidos.

  2. Diploma de escuela secundaria de EE. UU. o certificado de finalización

  3. Certificado GED de EE. UU.

 

Prueba de que es un veterano dado de baja con honores de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de los EE. UU.  

  1. Formulario DD-214, Certificado de liberación o baja del servicio activo

  2. Formulario NGB 22, Informe de separación y registro de servicio de la Guardia Nacional

  3. registros de personal militar

  4. registros de salud militar

 

Formulario y amp; Tarifa

I-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, $495

I-765, Formulario de solicitud de autorización de empleo I-765 tarifa base ($410) o tarifa biométrica ($85)

Cómo completar formularios

Debe presentar la versión más reciente del Formulario I-821D de nuestro sitio web. USCIS rechazará las versiones anteriores del formulario si las envía.

Escriba su nombre, fecha de nacimiento y dirección postal exactamente de la misma manera en cada formulario.

USCIS prefiere que descargue los formularios de nuestro sitio web, los complete electrónicamente y luego imprima sus formularios completos para enviarlos por correo.

Asegúrese de estar utilizando la versión más reciente de los formularios. 

La edición correcta y más actualizada de cada formulario de USCIS siempre está disponible para su descarga gratuita en el sitio web de USCIS.

Si completa los formularios a mano, use solo tinta negra. NO use resaltadores ni tinta roja en sus formularios. Estos podrían hacer que sus materiales sean ilegibles cuando se escanean.

Si debe realizar cambios en un formulario, USCIS recomienda que comience con un nuevo formulario, en lugar de tratar de borrar la información. Esto puede conducir a errores de escaneo.

Asegúrese de proporcionar toda la documentación y las pruebas de respaldo requeridas.

Asegúrese de firmar todos sus formularios.

 

Si USCIS otorga DACA y autorización de empleo en su caso

Si USCIS otorga DACA y autorización de empleo en su caso, recibirá una notificación por escrito de esa decisión. Un documento de autorización de empleo llegará por separado por correo.

 

Si USCIS no otorga DACA en su caso

Si USCIS decide no otorgar DACA en su caso, no puede apelar la decisión ni presentar una moción para reabrir o reconsiderar. USCIS no revisará sus determinaciones discrecionales. USCIS aplicará nuestra guía de política que rige la remisión de casos al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) de EE. UU. y la emisión de avisos para comparecer. Si su caso no involucra un delito penal, fraude o una amenaza a la seguridad nacional o pública, USCIS no remitirá su caso a ICE para fines de procedimientos de deportación, excepto cuando el DHS determine que existen circunstancias excepcionales.

 

Errores Administrativos

Puede solicitar una revisión utilizando el proceso de la Herramienta de administración de solicitudes de servicio si cumplió con todas las pautas de DACA y cree que USCIS rechazó su solicitud debido a un error administrativo.

 

Ejemplos de errores administrativos

USCIS cree que abandonó su caso al no responder a una solicitud de evidencia (RFE), y cree que respondió dentro del tiempo prescrito; o

USCIS envió el RFE por correo a la dirección incorrecta, a pesar de que había enviado un Formulario AR-11, Cambio de dirección, o cambió su dirección en línea en www.uscis.gov antes de que emitiéramos el RFE.

Información de viaje para DACA

Ciertos viajes fuera de los Estados Unidos pueden afectar la pauta de residencia continua. Viajar fuera de los EE. UU. antes del 15 de agosto de 2012 no interrumpirá su residencia continua si el viaje fue breve, casual e inocente. 

 

Si viaja fuera de los Estados Unidos a partir del 15 de agosto de 2012 y antes de que decidamos sobre su solicitud de DACA, no será considerado para DACA.

 

Ejemplo)

A partir del 15 de junio de 2007, pero antes del 15 de agosto de 2012

-Es un viaje breve

-Es un viaje casual

-Es un viaje inocente

-> No afecta a la Residencia Continua.

 

Ejemplo)

A partir del 15 de junio de 2007, pero antes del 15 de agosto de 2012

Por un tiempo prolongado

Por una orden de exclusión, deportación o remoción

Para participar en actividades delictivas

-> Sí afecta a la Residencia Continua.

 

Ejemplo)

A partir del 15 de agosto de 2012 y antes de que haya solicitado DACA    

Es cualquier viaje

->No afecta a la Residencia Continua. No puede solicitar la libertad condicional anticipada a menos y hasta que DHS haya determinado si aplaza la acción en su caso y no puede viajar hasta que reciba la libertad condicional anticipada.

 

Ejemplo)

A partir del 15 de agosto de 2012 y después de haber solicitado DACA       

Es cualquier viaje

-> No afecta a la Residencia Continua. No puede viajar mientras su solicitud está bajo revisión. No puede solicitar la libertad condicional anticipada a menos y hasta que el DHS haya determinado si aplaza la acción en su caso.

 

Además, si anteriormente se ordenó su deportación y remoción y sale de los Estados Unidos sin tomar medidas adicionales para abordar sus procedimientos de remoción, es probable que su salida resulte en que se le considere deportado o removido, con consecuencias de inmigración potencialmente graves en el futuro.

 

Ejemplo)

A partir del 15 de agosto de 2012 y recibiendo DACA         

Es cualquier viaje

-> Eso depende.  Si viaja después de recibir la libertad condicional anticipada, el viaje no interrumpirá su residencia continua.  Sin embargo, si viaja sin recibir la libertad condicional anticipada, el viaje interrumpirá su residencia continua.

 

¿Qué pasa si USCIS ha aprobado DACA?

Una vez que USCIS haya aprobado su solicitud de DACA, puede presentar el Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje, para solicitar la libertad condicional anticipada para viajar fuera de los Estados Unidos. Si viaja fuera de los Estados Unidos sin recibir primero la libertad condicional anticipada, USCIS cancelará automáticamente su DACA.

 

Seguridad Nacional y Seguridad Pública

No será considerado para DACA si ha sido condenado por:

-Un delito grave;

-Un delito menor significativo; o

-Tres o más otros delitos menos graves que no ocurran en la misma fecha y que no se deriven del mismo acto, omisión o esquema de mala conducta.

O

De lo contrario, se considera que representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

P. He ordenado la deportación. ¿Qué tengo que hacer?

Para aquellas personas a las que se les ordenó deportar o expulsar, antes de salir de los Estados Unidos, debe buscar reabrir su caso ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) y obtener el cierre administrativo o la terminación de su proceso de expulsión.

Incluso después de haber pedido a la EOIR que reabra su caso, no debe salir de los Estados Unidos hasta que la EOIR haya concedido su solicitud. Si sale después de haber recibido una orden de deportación o expulsión, y su procedimiento de expulsión no se ha reabierto y cerrado o cancelado administrativamente, su salida puede resultar en que se le considere deportado o expulsado, con consecuencias de inmigración potencialmente graves en el futuro.

Si tiene alguna pregunta sobre este proceso, puede comunicarse con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) de los EE. UU. a través de la Oficina local del Asesor Jurídico de ICE con jurisdicción sobre su caso.

DACA ADVANCE PAROLE Q&A

P. Si mi caso es diferido bajo DACA, ¿podré viajar fuera de los Estados Unidos?

-Depende de tu caso.

-Es caso por caso aprobado por USCIS.

-Si USCIS ha decidido diferir la acción en su caso y desea viajar fuera de los Estados Unidos, debe solicitar la libertad condicional anticipada presentando un Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje y pagando la tarifa correspondiente.

-USCIS determinará si el propósito de su viaje internacional es justificable según las circunstancias que describa en su solicitud.

P. ¿Cuáles son los tres propósitos para obtener la libertad condicional anticipada como DACA?

En general, USCIS solo otorgará la libertad condicional anticipada si su viaje al extranjero se realizará para:

  1. fines humanitarios, incluidos los viajes para obtener tratamiento médico, asistir a los servicios funerarios de un familiar o visitar a un pariente enfermo;

  2. fines educativos, como programas semestrales en el extranjero e investigación académica, o;

  3. fines laborales, como asignaciones en el extranjero, entrevistas, conferencias o capacitación, o reuniones con clientes en el extranjero.

Tenga en cuenta que:

-Los viajes de vacaciones no son una base válida para la libertad condicional anticipada.

-No puede solicitar la libertad condicional anticipada a menos y hasta que USCIS difiera la acción en su caso bajo la consideración de DACA.

-No puede solicitar la libertad condicional anticipada al mismo tiempo que presenta su solicitud para la consideración de DACA.

-Todas las solicitudes de permiso anticipado se considerarán caso por caso.

-Si USCIS ha diferido la acción en su caso bajo el proceso de DACA después de haber sido deportado o expulsado, aún puede solicitar la libertad condicional anticipada si cumple con las pautas para la libertad condicional anticipada descritas anteriormente.

P. ¿Qué pasa si viajo sin permiso anticipado?

Si viaja fuera de los Estados Unidos el 15 de agosto de 2012 o después, sin recibir primero la libertad condicional anticipada, su salida automáticamente cancela su acción diferida bajo DACA.

P. ¿Está abierta la libertad condicional anticipada para los beneficiarios de DACA en este momento?

Sí, Advance Parole está abierto para los beneficiarios de DACA en este momento.

 

P. ¿Cómo solicito la libertad condicional anticipada? 

Puede presentar el I-131 y documentos que demuestren su propósito de viajar internacionalmente. 

Por ejemplo, la prueba para fines humanitarios puede ser una carta, notas o registros del médico que muestren la condición y el historial médico de la familia o pariente.

La tarifa de presentación de USCIS es de $ 575.

USCIS continuará aceptando y adjudicando solicitudes de libertad condicional anticipada para los beneficiarios actuales de DACA.

El proceso de aprobación toma 3~5 según USCIS. 

P. ¿Adónde envío I-131 y documentos? 

Tenga en cuenta que hay dos direcciones diferentes.

Si utiliza el Servicio Postal de EE. UU. (USPS):

USCIS
Atención: DACA
CORREOS. Caja 20700
Phoenix, Arizona 85036-0700

Si utiliza las entregas de FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Atención: DACA (Box 20700)
1820 E. Skyharbor Circle S
Paquete 100
Phoenix, Arizona 85034-4850

P. Mi solicitud de permiso anticipado aún está pendiente. ¿USCIS lo procesará?

Sí, en este momento la orden de la corte permite que USCIS continúe procesando las solicitudes de libertad condicional anticipada para los beneficiarios actuales de DACA. (2022)

 

P. Me aprobaron la libertad condicional anticipada. ¿Cómo me afecta la decisión del Distrito Sur de Texas?

Si su solicitud de libertad condicional anticipada ha sido aprobada, la orden del Distrito Sur de Texas no afecta esa aprobación. Todas las personas que regresan a los EE. UU. todavía están sujetas a una inspección de inmigración en un puerto de entrada.

 

P. Tengo DACA y actualmente estoy en el extranjero usando la libertad condicional anticipada. ¿Todavía puedo regresar a los EE. UU. usando mi libertad condicional anticipada bajo DACA?

Sí, si actualmente tiene DACA y se encuentra en el extranjero usando la libertad condicional anticipada, puede regresar a los EE. UU. usando su libertad condicional anticipada bajo las mismas condiciones que estaban vigentes antes de la orden del Distrito Sur de Texas.

Todas las personas que regresan a los EE. UU. todavía están sujetas a una inspección de inmigración en un puerto de entrada.

 

P. Presenté una solicitud de libertad condicional anticipada y estoy programado para datos biométricos después del 16 de julio de 2021. ¿Qué debo hacer?

Debe asistir a su cita biométrica y continuar con el proceso de solicitud de libertad condicional anticipada.  

 

P. Tengo DACA y necesito viajar al exterior por razones de emergencia ahora. ¿Qué tengo que hacer?

Si actualmente tiene DACA, puede solicitar la libertad condicional anticipada.

Si está experimentando una situación extremadamente urgente, puede solicitar una cita de libertad condicional anticipada de emergencia en su oficina de campo local a través del Centro de contacto de USCIS.

 

P. ¿Qué artículos debo llevar a mi cita de libertad condicional anticipada en la oficina de campo cuando hay una razón de emergencia?

-Debe traer los siguientes artículos a su cita:

-Un Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje completado y firmado

-La tarifa de presentación correcta del Formulario I-131

-Evidencia que sustente la solicitud de emergencia (por ejemplo, documentación médica, certificado de defunción, etc.) y

-Dos fotos tipo pasaporte.

P. ¿Qué documento tengo que llevar al aeropuerto para viajar?

Por lo general, debe traer los siguientes documentos.

-Un pasaporte válido

-El documento original de libertad condicional anticipada

-Tarjeta de autorización de empleo (tarjeta EAD) y

-El Aviso de aprobación I-821D original

P. ¿Qué sucede en el aeropuerto al ingresar a los Estados Unidos?

La entrada es caso por caso, pero el siguiente proceso es común.

-Llegarás al puesto de control de inmigración.

-Esperarás en la fila de extranjeros.

-El oficial de inmigración le llamará.

-Proporcionarás documentos.

-Tomarás datos biométricos.

-Irás a otra habitación. 

-Esperará en una sala de espera en la habitación para ser llamado.

-El oficial de CBP lo llamará a la ventana de la habitación.

-El oficial de CBP revisará sus documentos y le hará algunas preguntas (si corresponde). 

-Entonces, saldrás y entrarás a los Estados Unidos.

-Irás a casa.

Si tiene alguna pregunta sobre DACA, renovación o libertad condicional anticipada, permítanos ayudarlo hoy.

¡Gracias!

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