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VISA J-1

P. ¿Qué es la visa J-1?

J-1 es para visitantes de intercambio. La clasificación J-1 (visitantes de intercambio) está autorizada para quienes tengan la intención de participar en un programa aprobado con el fin de enseñar, instruir o dar conferencias, estudiar, observar, realizar investigaciones, consultar, demostrar habilidades especiales, recibir capacitación o recibir educación o capacitación médica de posgrado. 

 

P. ¿Qué tipo de programas ofrece la visa J-1?

Al llevar a cabo las responsabilidades del Programa de Visitantes de Intercambio, el Departamento de Estado designa entidades públicas y privadas para que actúen como patrocinadores del intercambio. Por lo tanto, los no inmigrantes J-1 están patrocinados por un programa de intercambio designado como tal por el Departamento de Estado de EE. UU. 

 

Estos programas están diseñados para promover el intercambio de personas, conocimientos y habilidades, en los campos de la educación, las artes y las ciencias. 

 

P. ¿Cuáles son ejemplos de visitantes de intercambio?

Los ejemplos de visitantes de intercambio incluyen, pero no se limitan a:

  • Profesores o académicos

  • asistentes de investigación

  • Estudiantes

  • aprendices

  • Profesores

  • Especialistas

  • Au Pairs

  • Consejeros de campamento

 

P. ¿Podría explicar el proceso de solicitud para J-1?

El Departamento de Estado de EE. UU. desempeña el papel principal en la administración del programa de visitantes de intercambio J-1, por lo que el primer paso para obtener una visa J-1 es presentar un formulario DS-2019, Certificado de elegibilidad para el estatus de visitante de intercambio (anteriormente conocido como IAP-66). 

 

Su agencia patrocinadora le proporcionará este formulario. Debe trabajar en estrecha colaboración con los funcionarios de la agencia patrocinadora que lo asistirán durante este proceso.  Un funcionario que está autorizado para emitir el formulario DS-2019 se conoce como funcionario responsable (RO) o funcionario responsable suplente (ARO). Su RO o ARO le explicará qué documentos se necesitan para poder emitir un DS-2019. 

 

Después de haber obtenido un Formulario DS-2019, puede solicitar una visa J-1 a través del Departamento de Estado de los EE. UU. en una Embajada o Consulado de los EE. UU. El tiempo de espera para una cita de entrevista para los solicitantes puede variar, por lo que se recomienda encarecidamente enviar su solicitud de visa lo antes posible (aunque no puede ingresar a los Estados Unidos con el estado J-1 más de 30 días antes de que comience su programa).

 

P. ¿Puede el titular de la visa J-1 obtener una oportunidad de empleo en los EE. UU.?

Algunos no inmigrantes J-1 ingresan a los Estados Unidos específicamente para trabajar, mientras que otros no. El empleo está autorizado para no inmigrantes J-1 solo bajo los términos del programa de intercambio. Consulte con su agencia patrocinadora para obtener más información sobre las restricciones que pueden aplicarse a su trabajo en los Estados Unidos. 

 

P. ¿Puede el titular de la visa J-1 traer a su familia de J-1?

Su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años, independientemente de su nacionalidad, tienen derecho a la clasificación J-2. Su cónyuge e hijos tienen derecho a autorización de empleo; sin embargo, es posible que sus ingresos no se utilicen para mantenerlo. Para solicitar la autorización de empleo como no inmigrante J-2, su cónyuge o hijo debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo.

No dude en enviarme un correo electrónico directamente a info@lawofficeofsunahlee.com. Soy su abogado de inmigración de EE. UU. y estoy feliz de ayudarlo hoy. Gracias por visitar nuestro sitio Web.

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