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VISA L-1

P. ¿Quién puede usar L-1A y L-1B?

Las visas L-1A y L-1B están disponibles para personas transferidas temporalmente dentro de la empresa que trabajan en puestos gerenciales o tienen conocimientos especializados.

L-1A = Posiciones Gerenciales (Ej. CEO, Ejecutivo, Director, Gerente)

L-1B = Empleado con conocimiento especializado

 

P. ¿Podría explicar la elegibilidad para la visa L?

Las visas L-1A y L-1B se pueden emitir cuando un empleador presenta una petición para obtener autorización para que los empleados calificados puedan trabajar y vivir en los Estados Unidos.

 

(1) La visa L-1A es para personas transferidas dentro de la empresa que trabajan en puestos gerenciales o ejecutivos en una empresa ubicada fuera de los Estados Unidos.

 

(2) La visa L-1B es para personas transferidas dentro de la empresa que trabajan en puestos que requieren conocimientos especializados.

 

P. ¿Qué significa "Establecimiento de nuevas oficinas"?

Los empleadores extranjeros que buscan enviar a un empleado a los Estados Unidos como ejecutivo o gerente para establecer una nueva oficina deben mostrar:

 

Tres factores:

(1) Tienen una ubicación física para la nueva oficina;

(2) El empleado ha sido empleado como ejecutivo o gerente durante un año continuo en los tres años anteriores a la presentación de la petición; y

(3) La nueva oficina apoyará una posición ejecutiva o gerencial dentro de un año de la aprobación de la petición.

 

P. ¿Quién puede tener la clasificación L-1A?

La clasificación de no inmigrante L-1A permite que un empleador estadounidense transfiera a un ejecutivo o gerente de una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en los Estados Unidos.

Esta clasificación también permite que una empresa extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en los EE. UU. envíe un ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de establecer una.

Su empleador debe presentar el Formulario I-129, Petición para un trabajador no inmigrante, con la tarifa de USCIS, en su nombre.

 

Para calificar, debe:

Generalmente ha estado trabajando para una organización calificada en el extranjero durante un año continuo dentro de los tres años inmediatamente anteriores a su admisión a los Estados Unidos; y

Estar buscando ingresar a los Estados Unidos para brindar servicio en una capacidad ejecutiva o gerencial para una sucursal del mismo empleador o una de sus organizaciones calificadas. 

La capacidad ejecutiva generalmente se refiere a su capacidad para tomar una amplia gama de decisiones sin mucha supervisión.

 

La capacidad gerencial generalmente se refiere a su capacidad para supervisar y controlar el trabajo de empleados profesionales y para administrar la organización, o un departamento, subdivisión, función o componente de la organización.

También puede referirse a su capacidad para administrar una función esencial de la organización a un alto nivel, sin la supervisión directa de otros.

P. ¿Quién puede tener la clasificación L-1B?

La clasificación de no inmigrante L-1B permite que un empleador estadounidense transfiera a un empleado profesional con conocimientos especializados relacionados con los intereses de la organización de una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en los Estados Unidos.

Esta clasificación también permite que una empresa extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en los EE. UU. envíe a un empleado con conocimientos especializados a los Estados Unidos para ayudar a establecer una.

Su empleador debe presentar el Formulario I-129, Petición para un trabajador no inmigrante, con tarifa, en su nombre.

 

Para calificar, debe:

Generalmente ha estado trabajando para una organización calificada en el extranjero durante un año continuo dentro de los tres años inmediatamente anteriores a su admisión a los Estados Unidos; y

Estar buscando ingresar a los Estados Unidos para brindar servicios en una capacidad de conocimiento especializado a una sucursal del mismo empleador o una de sus organizaciones calificadas.

P. ¿Qué es el conocimiento especializado de L-1B?

Conocimiento especializado significa el conocimiento que tiene sobre el producto, el servicio, la investigación, el equipo, las técnicas, la gestión u otros intereses de la organización solicitante y su aplicación en los mercados internacionales, o un nivel avanzado de conocimiento o experiencia en los procesos y procedimientos de la organización.

P. ¿Cómo presentar la visa L?

Su empleador debe:

  • Revise las instrucciones para el Formulario I-129, Petición para un trabajador no inmigrante;

  • Completar y firmar el Formulario I-129;

  • Pagar la tasa de presentación, si corresponde; y

  • Proporcione toda la evidencia requerida y la documentación de respaldo, incluida una copia duplicada de su Formulario I-129 y toda la documentación de respaldo, incluso si está presentando el Formulario I-129 para solicitar un cambio de estado (COS) o una extensión de estadía (EOS) en su nombre.

P. Después de presentar la visa L, ¿qué sucede?

Una vez que recibamos su Formulario I-129, procesaremos su petición y su empleador recibirá un:

  • Notificación de recibo confirmando que recibimos la petición;

  • Aviso de servicios biométricos, en su caso;

  • Aviso para presentarse a una entrevista, si se requiere; y

  • Un aviso de nuestra decisión.

No dude en enviarme un correo electrónico directamente a info@lawofficeofsunahlee.com.

Soy su abogado de inmigración de EE. UU. y estoy feliz de ayudarlo hoy.

Gracias por visitar nuestro sitio Web.

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